CREAR UNA EMPRESA DE INSERCIÓN

¿Qué es una empresa de inserción?

Las Empresas de Inserción son iniciativas económicas de carácter no lucrativo cuyo objeto social es la inserción socio-laboral de personas desempleadas en situación o riesgo de exclusión social a través de la realización de un trabajo remunerado.

Las principales características de las empresas de inserción son las siguientes:

  • A nivel formal, son sociedades mercantiles o cooperativas, que son calificadas e inscritas en el registro autonómico de empresas de inserción correspondiente.
  • Están reconocidas y reguladas por la Ley 44/2007, de 13 de diciembre. Algunas comunidades autónomas cuentan con regulación complementaria.
  • Productivamente, pueden realizar cualquier tipo de actividad económica y operar o prestar sus servicios en cualquier parte del territorio nacional.
  • El empleo generado para los colectivos en exclusión tiene carácter de tránsito, es decir, el objetivo es la inserción laboral de estos colectivos en empresas convencionales.

Pasos para crear una empresa de inserción

Para crear una empresa de inserción hay que realizar tres pasos clave:

Definir en qué comunidad autónoma se va a establecer el domicilio de la empresa. Esto es relevante porque hay una regulación diferente en cada territorio, en cuanto a requisitos y ayudas.

Elegir el modelo de la empresa: cooperativa, mutualidad, fundación, asociación, sociedad laboral,…

Realizar la tramitación necesaria en función de la figura que se elija en el paso anterior.

Legislación:

Documentos y trámites:

La constitución de una empresa de inserción requiere de varios trámites que se detallan a continuación:

  • Escritura pública. Debe presentarse en una notaría la documentación para escriturar la empresa. Esta documentación es la siguiente:
    • DNI de las personas autorizadas de la entidad promotora, las escrituras de la entidad promotora y los estatutos de la empresa de inserción.
    • Acuerdo por unanimidad de la asamblea de la entidad promotora de constituir la empresa de inserción.
    • Certificado negativo del nombre.
    • Certificado bancario con el número de cuenta y cantidad ingresada.
  • CIF provisional: se solicita en la Agencia Tributaria a través del modelo 036 aportando los siguientes documentos:
    • Documento acreditativo de la persona administradora de la empresa.
    • Escritura de constitución.
  • Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos: se tramita en la Delegación de la Consejería de Hacienda a través del modelo 600. La cantidad corresponde al 1% del importe del Capital Social escriturado. 
  • Registro de la Sociedad. Las sociedades mercantiles deben hacerlo en el Registro Mercantil y las sociedades cooperativas en el Registro de Cooperativas Autonómicas. La documentación que habrá que presentar en el Registro correspondiente sería la siguiente:
    • Escritura de constitución y copia simple.
    • Certificado negativo de denominación social.
    • Impuesto de Transmisiones Patrimoniales pagado.
  • Alta en el Censo a través del impreso 037 en la Agencia Tributaria que corresponda.
  • Impuesto de Actividades Económicas que se liquida en el Ayuntamiento del municipio donde está dada de alta fiscalmente la empresa. Se realiza con el modelo 845.
  • Licencia de obras y apertura del local, que se solicitan, cuando sea necesario, en el Ayuntamiento correspondiente.
  • Registro y Calificación de Empresas de Inserción.

Procedimiento en el caso de la Comunidad de Madrid

1- Calificación como empresa de inserción

Para conseguir la calificación provisional como empresa de inserción, debe acreditarse el cumplimento de los requisitos de calificación establecidos en los apartados siguientes:

  • Encontrarse inscrita en el registro correspondiente a su forma jurídica, así como en el Registro de Empresas de Promoción e Inserción Laboral de Personas en Situación de Exclusión Social subvencionables por la Comunidad de Madrid.
  • No realizar actividades económicas distintas a las de su objeto social.
  • Contar con los medios necesarios para cumplir con los compromisos derivados de los itinerarios de inserción sociolaboral.

Más información en la web de la Comunidad de Madrid


Para la
calificación definitiva, deberá acreditarse el cumplimiento de los requisitos que se enumeran a continuación, en el plazo no superior al año desde la calificación provisional:

  • Aplicar, al menos, el ochenta por ciento de los resultados o excedentes disponibles obtenidos en cada ejercicio a la mejora o ampliación de sus estructuras productivas y de inserción.
  • Presentar anualmente un balance social de la actividad de la empresa que incluya la memoria económica y social, el grado de inserción en el mercado laboral ordinario y la composición de la plantilla, la información sobre las tareas de inserción realizadas y las previsiones para el ejercicio siguiente.

2- Inscripción

Una vez obtenida la calificación definitiva, serán inscritas de oficio en el Registro Administrativo de Empresas de Inserción de la Comunidad de Madrid aquellas empresas de inserción cuyo centro de trabajo se encuentre ubicado en dicha Comunidad. Les será asignado un número de inscripción que es el que harán valer a la hora de solicitar las ayudas o subvenciones que convoque la misma Comunidad de Madrid para el fomento de las empresas de inserción.

3- Obligaciones

Las empresas de inserción de la Comunidad de Madrid deben cumplir una serie de obligaciones, respecto a los itinerarios de inserción y también registrales.

  • Obligación de desarrollar el itinerario de inserción sociolaboral y servicios de intervención y acompañamiento: Las empresas de inserción deberán proporcionar a los trabajadores procedentes de los colectivos vulnerables, como parte de sus itinerarios, procesos personalizados y asistidos de trabajo remunerado, formación en el puesto de trabajo, habituación laboral y social. Estas empresas deberán tener servicios de intervención o acompañamiento para la inserción socio-laboral que faciliten su posterior incorporación al mercado de trabajo ordinario. El incumplimiento de los requisitos exigidos para su calificación dará lugar a la descalificación de la empresa de inserción y a su baja en el Registro Administrativo de Empresas de Inserción de la Comunidad de Madrid.
  • Obligaciones registrales: Las empresas de inserción, una vez inscritas en el Registro Administrativo de Empresas de Inserción de la Comunidad de Madrid, estarán obligadas a presentar la siguiente documentación:
    • El plan de actividades y el presupuesto de cada año con anterioridad al inicio del mismo.
    • Las cuentas anuales, el informe de gestión y el balance social correspondiente al cierre de cada ejercicio económico, sin perjuicio de las obligaciones de depositar las cuentas y el informe de gestión en los Registros que correspondan a su forma jurídica.

Elementos a tener en cuenta para la viabilidad de una empresa de inserción

La experiencia de las empresas que forman parte de AMEI determina que algunas de las claves para la viabilidad de las empresas de inserción son las siguientes:

  • Detectar oportunidades y analizar el mercado, teniendo en cuenta tanto los aspectos de negocio como la mejora a nivel social a la que se quiere contribuir.
  • Conocer y segmentar la clientela
  • Gestionar como una empresa: la dirección y la administración de la contabilidad son imprescindibles para tomar decisiones sobre inversiones y gastos.
  • Buscar un modelo de negocio rentable, que genere beneficios o al menos no genere pérdidas. 
  • No depender de subvenciones: aunque es probable que sean indispensables al inicio del proyecto, hay que tratar de lograr la estabilidad financiera de la empresa a través de su propio negocio.
  • Ofrecer un valor añadido en el producto o servicio que compense los posibles precios más altos que se derivan de modelos de negocio con enfoque social y/o medioambiental.